SENTENCIA LABORAL CONTRA AYTO ARNEDO

El Ayuntamiento deArnedo ha sido obligado por una sentencia del Juzgado de lo Social nº2 de Logroñoa reconocer como indefinida no fija a una trabajadora que hasta la fecha teníala consideración de interina, según ha asegurado este viernes 2 de marzo en unanota el sindicato Comisiones Obreras, que añade que sus servicios jurídicostambién han conseguido que el consistorio tenga que reconocerle la antigüedad,con efecto retroactivo.El sindicato explica que “con fecha 31 de mayo de 2017,esta trabajadora a través de los Servicios Jurídicos de CCOO La Rioja,solicitaba que se le declarara la condición de personal indefinido no fijo delAyuntamiento de Arnedo ya que su situación contractual estaba en fraude de Ley,según el artículo 70.1 del Estatuto Básico del Empleado Público y launificación de doctrina establecida por el Tribunal Supremo, llevando 16 añoscomo trabajadora interina cuando el máximo permitido son tres años”.Comisiones agrega que, además de obligar al reconocimiento comoindefinida no fija, “la sentencia también declara el derecho de la trabajadoraal reconocimiento de la antigüedad, cinco trienios y, por tanto, al abono delos mismos más los intereses moratorios. Tal como señalaban los ServiciosJurídicos de CCOO La Rioja, en el abono de la antigüedad no se puedediscriminar a las trabajadoras y trabajadores por su condición de fijos otemporales, según doctrina del Tribunal de Justicia de la Comunidad Europea”.            El sindicato concluye indicando que “está visto parasentencia el caso de otra trabajadora del Ayuntamiento de Arnedo con unademanda similar

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