El Consejo de Gobierno de La Rioja acuerda el confinamiento perimetral de toda la Comunidad Autónoma y el cierre de establecimientos a las 21 horas

El Consejo de Gobierno de La Rioja, reunido este miércoles 21 de octubre, ha acordado el confinamiento perimetral de toda la Comunidad Autónoma, entre las cero horas de este próximo viernes 23 de octubre hasta las cero horas del sábado 7 de noviembre, con el objetivo de doblegar la curva de contagios de coronavirus y frenar la elevada presión asistencial.
CONCHA ANDREU 21 oct

Así lo ha anunciado la presidenta de la región, Concha Andreu, en una rueda informativa en la que ha reconocido que esta medida, junto a otras nuevas restricciones como el cierre de establecimientos a las nueve de la noche, se adopta tras haber analizado todos los datos y comprobado que las limitaciones implantadas hasta ahora no están siendo efectivas y no están logrando los resultados esperados.

De este modo, ha informado de que se ha decidido restringir la libre entrada y salida de personas en todo el territorio de la Comunidad Autónoma, salvo en aquellos desplazamientos, adecuadamente justificados, que se produzcan por alguno de los motivos que se detallarán en el BOR de este jueves 22 de octubre como, por ejemplo, acudir a centro de trabajo, cuestiones sanitarias, académicas o cuidado de personas dependientes, entre otros.

Para facilitar la supervisión y control de los mismos por parte de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, en el mismo texto publicado en el BOR también se incluirá un modelo con el que se podrá acreditar estas excepciones que permitan la entrada y salida de la región.

Además, el Gobierno de La Rioja ha decidido poner en marcha nuevas restricciones de aforos y uso de establecimientos y, en previsión de las posibles medidas que pueda adoptar próximamente el Consejo Interterritorial del Sistema nacional de Saludad, ha acordado el cierre de los establecimientos a las nueve de la noche, salvo que se trate de farmacias, supermercados y los que acojan actividades de teatro y de cine, así como otros establecimientos que provean de bienes y servicios de primera necesidad y comida a domicilio.

En este sentido, Andreu ha incidido en que no se ha considerado necesario decretar el cierre total de la hostelería ni ningún toque de queda que, según ha dicho, “no está sobre la mesa en nuestra Comunidad pero que adoptaríamos también si fuera necesario, una vez que el Gobierno de España articule su figura legal”. Un aspecto, este último, que sin embargo se analizará mañana en el Consejo Interterritorial de Sistema Nacional de Salud.

La presidenta de La Rioja se ha mostrado convencida de que las nuevas medidas adoptadas hoy multiplicarán la efectividad de las que permanecían en vigor hasta ahora, y también ha señalado que se va pedir a los ayuntamientos riojanos que recomienden a sus vecinos que no salgan de sus municipios, aunque esto, de momento, es solo una recomendación.

Por lo demás, y respecto a por qué se ha acordado el confinamiento perimetral de toda la Comunidad Autónoma y no de Logroño, que sigue aumentado su número de casos activos hasta los 707 contabilizados este miércoles 21 de octubre, Andreu ha considerado que “la medida en su conjunto tiene mejores resultados que si se lleva a cabo por parcelas”.

Con todo, Andreu, que ha aclarado que estas nuevas restricciones no afectarán al paso de la Vuelta Ciclista a España por La Rioja, ha reiterado que “el control de la pandemia es responsabilidad de todos y cada uno de nosotros” y ha incidido también en la importancia de que las personas en cuarentena respeten escrupulosamente esos aislamientos. Para ello ha indicado que se van a reforzar las tareas de los rastreadores.

Anexo de medidas

Restringir la libre entrada y salida de personas en todo el territorio de la Comunidad Autónoma de La Rioja, salvo en aquellos desplazamientos, adecuadamente justificados, que se produzcan por alguno de los siguientes motivos:

  1. Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
  2. Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales o legales.
  3. Asistencia a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil, academias que imparten enseñanza no reglada y autoescuelas.
  4. Retorno al lugar de residencia habitual.
  5. Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
  6. Desplazamiento a entidades financieras y de seguros que no puedan aplazarse.
  7. Además, en el ámbito deportivo, podrán entrar y salir del territorio de la Comunidad Autónoma de La Rioja los equipos que participen en competiciones profesionales, así como en competiciones oficiales de ámbito estatal y de carácter no profesional que pertenezcan al primer y segundo nivel deportivo. A estos efectos, se entiende que forman el equipo tanto los deportistas como el personal técnico. En el caso de los participantes en deportes individuales, podrán entrar y salir del territorio de la Comunidad Autónoma de La Rioja los deportistas catalogados como de Alto Nivel que participen en Campeonatos de España de categoría absoluta o competiciones oficiales de ámbito internacional.
  8. También se podrá entrar y salir de la CCAA por actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales.
  9. Por renovaciones de permisos y documentación oficial, así como otros trámites administrativos inaplazables.
  10. Por realización de exámenes o pruebas oficiales inaplazables.
  11. Por otros motivos de causa de fuerza mayor o situación de necesidad y cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada.

Asimismo, la circulación por carretera y viales que atraviesen el territorio de la Comunidad Autónoma de La Rioja estará permitida siempre y cuando tenga origen y destino fuera del territorio de la comunidad. Es decir, cuando para ir de un sitio a otro tenemos que atravesar La Rioja.

Para facilitar la supervisión y control de esta medida por parte de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, el BOR en el que se publicarán y desarrollarán estas medidas incluirá un modelo para acreditar las excepciones que permitan la entrada y salida en los desplazamientos.

Entre las nuevas restricciones de aforos y uso de establecimientos que también serán detalladas en el BOR del próximo jueves se detallan:

  1. En establecimientos, locales comerciales y servicios abiertos al público se establece un aforo máximo del 50%.
  2. En establecimientos de hostelería y restauración y de juegos y apuestas:
  3. a) El aforo máximo será del 50% en espacios interiores y del 60% en espacios exteriores.
  4. b) No se permitirá el consumo en barra.
  5. c) Las mesas o agrupaciones de mesas deberán guardar una distancia de, al menos, 1,5 metros respecto a las sillas asignadas a las demás mesas o agrupaciones de mesas.
  6. d) La ocupación máxima será de 6 personas por mesa o agrupación de mesas.
  7. En previsión de las posibles medidas que pueda adoptar próximamente el Consejo Interterritorial del Sistema nacional de Salud: El cierre de los establecimientos se producirá a las 21.00 horas, salvo farmacias, supermercados, y actividades de teatro y cine, así como otros establecimientos que provean de bienes y servicios de primera necesidad y establecimientos que presten servicio de comida a domicilio, respecto a estos servicios exclusivamente, que podrán permanecer abiertos hasta las 23:00 horas.
  8. En los lugares de culto, el aforo máximo será de un tercio, garantizando en todo caso la distancia mínima interpersonal de 1,5 metros. En velatorios, el aforo máximo será de 15 personas en espacios al aire libre o 10 en espacios cerrados, sean o no convivientes. También se restringe a 15 personas la participación en la comitiva para el enterramiento o la cremación.
  9. Este mismo porcentaje, del 50% será también el aforo máximo en las instalaciones deportivas de interior. Y será del 60% en las instalaciones deportivas en espacios exteriores. Además, la práctica deportiva en grupos se reducirá a un máximo de seis personas. En las competiciones oficiales de ámbito estatal y carácter no profesional y las competiciones internacionales se aplicará el Protocolo de actuación para la vuelta de competiciones oficiales de ámbito estatal y carácter no profesional en la temporada 2020/2021, elaborado por el Consejo Superior de Deportes.
  10. Igualmente, se ha aprobado modificar el horario a partir del cual se prohibía la venta de alcohol en todo tipo de establecimientos, fijándose ahora en las 21:00 horas.

 

 

 

 

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