Estas ayudas están dirigidas a asociaciones y entidades sin ánimo de lucro con personalidad jurídica propia, legalmente constituidas en Arnedo e inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones, que desarrollen actuaciones de interés general en el municipio o, excepcionalmente, fuera de él cuando supongan un beneficio social para la ciudadanía arnedana. También podrán solicitarlas, de forma excepcional, entidades no domiciliadas en la localidad cuando las actividades se ajusten a los fines establecidos en la convocatoria.
La convocatoria tiene como objetivo apoyar iniciativas impulsadas por el tejido asociativo que contribuyan al bienestar social, la atención a colectivos vulnerables y la promoción de hábitos saludables entre la población.
Se subvencionarán programas, proyectos o actuaciones relacionados con la acción social, el desarrollo de servicios sociales, la mejora de la salud, la protección de la salubridad y la calidad de vida de la ciudadanía. Quedan excluidos los gastos de personal propio de la asociación, los gastos de mantenimiento de locales —como alquileres, suministros o telefonía— y los gastos generales de funcionamiento de la entidad.
El periodo subvencionable comprenderá del 1 de enero al 16 de noviembre de 2026.
Se considerarán subvencionables los gastos corrientes directamente vinculados a la realización de las actividades, como servicios profesionales asociados a los proyectos, material para actividades de sensibilización o animación, servicios técnicos (megafonía o iluminación), diseño e impresión de material divulgativo, alquiler o montaje de infraestructuras, seguros, licencias o gastos de publicidad e información.
La convocatoria cuenta con una dotación máxima de 3.600 euros, un 20% más que en el ejercicio anterior.
La cuantía de las ayudas se determinará en función de la puntuación obtenida conforme a los criterios de valoración establecidos, pudiendo financiar hasta el 100 % del presupuesto presentado, siempre que no coincida con otras subvenciones destinadas al mismo fin. Cada entidad podrá presentar un máximo de tres actividades.
Las solicitudes deberán presentarse a través del Registro Electrónico del Ayuntamiento en los 30 días naturales siguientes a los de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja.

