Tras el Consejo de Gobierno, celebrado en la tarde del miércoles 19, la consejera de Salud y portavoz del Ejecutivo, Sara Alba, explicó que la decisión responde a que “en la última semana se ha acelerado la velocidad de descenso de los principales indicadores epidemiológicos”.
Por ello, dada la situación favorable de la evolución de la pandemia en la Comunidad, el Consejo ha aprobado también ampliar al 50% el aforo de los lugares de culto y otras ceremonias en el Nivel 3. A su vez, ha decidido ampliar la hora de cierre de la hostelería en el Nivel 2 hasta la una de la madrugada.
Así, las líneas generales de las medidas antiCOVID en el Nivel 2 del PMI quedarían del siguiente modo:
- Se recomienda un máximo de 6 personas en las agrupaciones, aplicable a todos los ámbitos.
- En hostelería y restauración, el aforo máximo en interiores es del 75%, sin restricciones en espacios abiertos. Se mantiene la recomendación de un máximo de 6 personas por mesa, la prohibición del consumo en barra y el cierre a la 1 de la madrugada.
- En el comercio y en mercadillos, el aforo máximo es del 75%.
- Este mismo 75% de aforo máximo se aplica también en las actividades de ocio y cultura, congresos y academias, así como a las celebraciones religiosas.
- En actividades deportivas, el aforo máximo es del 50%.
Las localidades con mayor incidencia se sitúan en el Nivel 3 del PMI
Por otro lado, el Consejo de Gobierno ha decidido también que, por su situación epidemiológica, Calahorra, Arnedo, Nájera, Alfaro, Haro, Fuenmayor y Villamediana de Iregua se sitúen, a partir del viernes 21 de mayo, en el Nivel 3 del Plan de Medidas según Indicadores:
- Se recomienda un máximo de 6 personas en las agrupaciones, aplicable a todos los ámbitos.
- El aforo máximo en los establecimientos comerciales y mercadillos será de un 75%.
- El aforo máximo en los establecimientos de hostelería será de un 50% en el interior y no habrá límites de aforo en el exterior. Su horario de cierre serán las 00:00 horas.
- Las academias, autoescuelas, centros de enseñanza no reglada, etc., podrán prestar sus servicios cumpliendo con un aforo del 75%.
- Los centros deportivos deberán respetar un aforo máximo del 50%, como norma general.
- Las instalaciones culturales y de ocio, así como las congresuales, estarán limitadas a un aforo del 50%, como norma general.
- Los lugares de culto y otras ceremonias tendrán un aforo máximo del 50%.