CCOO y UGT de La Rioja lamentan que con el nuevo convenio del calzado los trabajadores dejarán de ingresar seis meses de atrasos y la cláusula de revisión salarial no da seguridad de futuro

CCOO y UGT de La Rioja han cuestionado que, con el acuerdo alcanzado este martes 27 de diciembre en la negociación del convenio estatal del calzado, con la oposición de los sindicatos riojanos, los trabajadores del sector “van a dejar de ingresar seis meses de atrasos de 2022 (de enero a junio)”, alrededor de 400 euros, además de que la cláusula de revisión salarial “no da seguridad de futuro al vencimiento de la vigencia del convenio en diciembre de 2025”.
CALZADO concentracion 27 dic 3

Los sindicatos detallan que este preacuerdo supone una subida salarial del 12,5% durante la vigencia del convenio, desde 2022 a 2025, aunque los efectos económicos se aplicarán desde el 1 de julio de 2022, con unos incrementos este año de un 4%, para 2023 otro 4%, para 2024 un 2,5% y para el año 2025 un 2%.

En cuanto a la cláusula de revisión salarial, se revisarán al alza, en su caso, las tablas salariales por la diferencia entre el IPC real acumulado y la subida salarial acumulada en tablas hasta una diferencia máxima del 3%, que se adicionará en las tablas a partir de enero de 2026.

Otros puntos del nuevo convenio:

Jornada: Se reducirán 4 horas de jornada anual en 2023, otras 4 horas en 2024 y otras 4 horas en 2025, terminando este convenio con una reducción total de 12 horas de jornada anual.

Permisos y licencias:

  • 2 días por nacimiento a progenitor que no acredite los periodos de carencia de cotización para tener acceso a la prestación de nacimiento y cuidado del menor.
  • Permisos no retribuidos. Los 4 días no será necesario justificar, con un preaviso de 5 días.

En este preacuerdo se ha incluido mejoras sobre:

  • Igualdad de trato y no discriminación retributiva.
  • Traslado del segundo párrafo del apartado 9 del artículo 27 al artículo 48.
  • Trabajo a Distancia.
  • Nueva redacción y composición de la Comisión Paritaria.
  • Texto sobre Formación Profesional para el Empleo.
  • Fijos discontinuos. Desde la firma del convenio y en el plazo máximo de seis meses se debe consensuar un modelo de contrato fijo discontinuo que responda a las peculiaridades del sector.
  • Acumulación anual de las horas de crédito entre los delegados o delegadas sindicales, de personal y Comité de Empresa.
  • La ultraactividad del nuevo convenio colectivo será indefinida.
  • Cláusula de fidelización. Adaptación de los tramos al nuevo sistema de jubilación (tramos de edad de 62 al 67).

 

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